viernes, 3 de abril de 2015

EL SENTIDO DE LA CLASE DE RELIGIÓN Dmp149.

Hoy es viernes santo, el día en que los cristianos conmemoramos la muerte de Jesucristo y, por ello, día festivo en casi todos los países de tradición cristiana. Día que quiero aprovechar para reflexionar sobre la asignatura de Religión en la escuela que, una vez más, vuelve a ser rebatida (qué le vamos a hacer, es año de elecciones...) muchas veces sin argumentos

La vigente constitución española, en su artículo 27, afirma: "Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".

Los más atrevidos osarán decir que esto es una antigualla, una reliquia del franquismo que apareció ahí dado el contexto histórico en el que la constitución fue redactada. Habrá que explicarles, sin embargo, que esa redacción casi copia el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (adoptado por la ONU en 1966) y, en definitiva, desarrolla el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948): "Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos".

Según todo esto, la clase de religión es un derecho y no una obligación de todo alumno. Todo centro educativo debe estar obligado a ofrecerla pero ningún alumno debe ser obligado a aceptarla. Debemos sobreentender que, en el caso de los menores de edad, la decisión corresponde a los padres. Y esto es aplicable a todas las religiones (al menos, a las mayoritarias, por una cuestión práctica).

Me gustaría que se me explicara qué hay en todo esto de actitud antidemocrática o de reliquia del franquismo, época y sistema en los cuales se imponía a todos los ciudadanos la enseñanza de una única religión, la católica, que era la oficial del Estado.

Así, pues, en un sistema educativo que permite al alumno escoger materias optativas sobre muy diversas cuestiones y campos del saber, no acaba de entenderse por qué entre tales materias optativas no pueda escoger la religión o por qué ésta haya de tener un tratamiento diferente, por ejemplo, no siendo evaluable.

Es verdad que esto obliga a los profesores de religión a no confundir la asignatura con la catequesis. La catequesis educa en la fe a quienes ya la profesan; la asignatura no tiene por qué presumir la fe en ninguno de los alumnos a los que transmite en qué consiste el cristianismo, qué valores defiende y cómo los manifiesta.

En mis muchos años como profesor de religión, he tenido muchos alumnos que se han declarado agnósticos e, incluso, ateos, así como alumnos que profesaban otros credos. Nunca ha sido un problema para mí ni para ellos, pues sólo he pretendido ofrecerles los conocimientos básicos para que su opción personal fuera hecha desde el conocimiento y, por ello, más libre.

Luis María Llena.

3 de abril de 2015. Viernes Santo. 

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